De acuerdo a la información entregada por el Gobierno Regional ya están disponibles las bases para la postulación del Fondo FNDR Subvención Cultura y Deportes 2020, los cuales tienen como principal objetivo apoyar el desarrollo de iniciativas de organizaciones sociales y vecinales, principalmente.
Subvención Deporte FNDR 2020
Objetivo: Potenciar y fortalecer la práctica de la actividad física y del deporte, con fines recreativos formativos y competitivos, a fin de mejorar la calidad de vida de la comunidad regional.
Las iniciativas a postular, deberán plantearse en el contexto de solamente uno, de los siguientes lineamientos:
a) Deporte Recreativo: Promover el deporte masivo y/o recreativo, buscando aumentar de manera importante la cantidad de personas que practican actividad física en la región, en proyectos tales como: cicletadas, excursiones, baile entretenido, corridas familiares e iniciativas referidas a actividades deportivas y recreativas comunitarias, que contribuyan a mantener la condición física y una vida sana.
b) Deporte Formativo: Su principal objetivo es fortalecer los procesos de aprendizaje deportivo en sus distintas etapas etarias a través de la generación y mantención de escuelas deportivas o clínicas deportivas, con orientación preferente a escolares.
c) Deporte Competitivo: Preparación, Organización y Participación en competencias, destinado a los deportistas o instituciones en general y a deportistas senior.
d) Capacitación, perfeccionamiento y desarrollo del recurso humano, dirigido a preparadores físicos, profesores, técnicos, monitores, instructores, entrenadores, dirigentes deportivos, jueces y árbitros. Además, para administradores de recintos deportivos y encargados de deporte municipal. Lo anterior con el fin de fortalecer la organización y gestión de las instituciones deportivas, que tienen relación con el deporte en la región. También se podrán presentar proyectos de capacitación para deportistas, en la medida que aporten para su preparación psicológica, legal y normativa conducente al profesionalismo.
Podrán postular:
a) Instituciones Privadas sin fines de lucro que se rijan por la Ley 19.418 y la 20.500 que la modifica sobre Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias, como, asimismo, con personalidad jurídica vigente al momento de postular y con antigüedad de a lo menos dos años.
b) Corporaciones, Fundaciones, Instituciones de Educación Superior, O.N.G., todas con a lo menos dos años de vigencia.
c) Municipalidades (Liceos, Direcciones Comunales de Educación y Salud Municipal, deberán postular directamente como Municipio).
d) Entidades Públicas en general, exceptuando las Asociaciones de Municipios de carácter público y privado.
QUIENES NO PUEDEN POSTULAR
a) Las Asociaciones de Municipios Privadas y Públicas
b) Las Juntas de Vecinos
c) Instituciones sin un domicilio comprobable en la región.
Esta postulación se debe realizar a través de la Oficina Virtual del Gobierno Regional del Biobío, portal de internet denominado: sagir.gorebiobio.cl/oficina realizando la postulación vía internet y subiendo, o cargando en dicha postulación, los formularios que se señalan en la página web https://sitio.gorebiobio.cl/
SUBVENCIÓN FNDR CULTURA
Las iniciativas a postular deberán plantearse en una de las siguientes Áreas
a) Música: Se financiarán obras musicales, tocatas, recitales, clínicas, talleres, itinerancias, privilegiando expresiones de carácter folclórico, clásico y popular, además de coros sinfónicos, polifónicos, populares además de bandas instrumentales.
b) Danza o artes de la representación: se financiarán muestras, itinerancias, montajes, talleres, circo, títeres y narración oral, encuentros y seminarios.
c) Artes Visuales: se financiarán actividades en los ámbitos de la pintura, grabados, esculturas, fotografía, cerámica, dibujo, técnicas mixtas, murales e instalaciones.
d) Literatura: se financiarán actividades formativas, encuentros locales, regionales, nacionales e internacionales, seminarios, talleres, edición de libros y revistas, entre otros.
e) Audiovisual o nuevos medios: se financiará la producción de documentales en sus diversos formatos, ciclos de cine, cortometrajes, festivales de cine, foros y ediciones.
f) Identidad: se financiarán actividades relacionadas con la cultura tradicional y patrimonial como fiestas costumbristas, artesanía y su puesta en valor, actividades folclóricas, encuentros de cultores, actividades productivas típicas de los territorios, encuentros gastronómicos, talleres, seminarios e itinerancias.
A la Subvención Cultura FNDR 2020, pueden postular:
a) Instituciones Privadas sin fines de lucro que se rijan por la Ley 19.418 y la 20.500 que la modifica sobre Juntas de Vecinos, y los Centros de Padres y Apoderados con personalidad jurídica vigente al momento de postular y con antigüedad de a lo menos dos años. Quedan excluidas las Asociaciones de Municipios Privadas. Las organizaciones deben tener objetivos culturales explícitos en sus Estatutos de Constitución.
b) Corporaciones, Fundaciones, Instituciones de Educación Superior, O.N.G. Deben Contemplar objetivos culturales explícitos en sus Estatutos de Constitución.
c) Municipalidades (Liceos, Direcciones Comunales de Educación y Salud Municipal, deben postular directamente como Municipio).
d) Servicios Públicos en general, exceptuando las Asociaciones de Municipios de carácter público y privado.
QUIENES NO PUEDEN POSTULAR
a) Asociaciones de municipios públicas y privadas.
b) Instituciones Privadas que no contengan objetivos culturales explícitos en sus Estatutos de Constitución.
c) Instituciones sin un domicilio comprobable en la región.