ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
Oficina Organizaciones Comunitarias
FUNCIONES
La Oficina de Organizaciones Comunitarias tiene entre sus principales funciones ser el primer canal de comunicación entre la Municipalidad y las Organizaciones, además de coordinar y colaborar en el accionar de los organismos comunitarios en la ejecución de programas de desarrollo comunal, en la mantención actualizada de un registro comunal y otorgar asesoraría y capacitación permanente a las diferentes organizaciones comunitarias en toda materia que permita facilitar su funcionamiento. En nuestra comuna la oficina de Organizaciones Comunitarias centra su quehacer en las siguientes funciones:
- a) Asesorar a las organizaciones de la comunidad en todas aquellas materias que permitan facilitar su constitución y funcionamiento y la plena aplicación de la Ley sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
- b) Detectar las organizaciones comunitarias informales existentes en la comuna incentivando su legalización e incorporación a los programas desarrollados por el Departamento de Desarrollo Comunitario.
- c) Asesorar y derivar a las organizaciones sociales a la oficina de Proyectos Sociales en los procesos de postulación a los distintos fondos concursables existentes, de modo de potenciar su gestión social.
- d) Facilitar espacios físicos para la realización de reuniones y actividades de organizaciones sociales y comunitarias de la comuna.
- e) Promover la formación, funcionamiento y coordinación de organizaciones territoriales y funcionales, prestándoles asesoría técnica y capacitación permanente.
- i) Ejecutar programas de capacitación para dirigentes comunitarios respecto de materias que digan relación con las políticas sociales del Gobierno y del Municipio, la formulación de proyectos sociales para acceder a los distintos fondos concursables y el ejercicio del liderazgo.
- l) Diseñar un catastro de las sedes sociales existentes en la comuna y mantenerlo actualizado y colaborar a su uso óptimo.
- m) Cumplir otras tareas que la respectiva Dirección le encomiende, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
Encargada Oficina Organizaciones Comunitarias
Jenny Lara Jara
Asistente Social
mail: jlara@munilaja.cl
Fono: 043 2524631
Balmaceda N° 272
NOTICIAS
ANTECEDENTES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE PARA LA CALIFICACION DE LAS ELECCIONES DE JUNTAS DE VECINOS Y DEMAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 10 N°1° DE LA LEY N°18.593 ANTE EL TRIBUNAL ELECTORAL REGIONAL.
DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ENTREGAR EN EL TRIBUNAL ELECTORAL REGIONAL: 1.-FOTOCOPIA DE ESTATUTOS (Secretaría Municipal) 2.- CERTIFICADO DE PERSONALIDAD JURIDICA VIGENTE (Secretaría Municipal) 3.- ACTA ELECCIÓN COMISIÓN ELECTORAL 4.- ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS RELATIVA A LA ELECCIÓN DE DIRECTORIO (FOTOCOPIA DE ACTA MUNICIPAL O ACTA DEL LIBRO) 5.- SOBRE CON VOTOS (EMITIDOS- BLANCOS-NULOS) 6.- ASISTENCIA (REGISTRO DE FIRMAS DE VOTANTES) 7.-CERTIFICADO QUE ACREDITE EL NÚMERO DE AFILIADOS A LA ORGANIZACIÓN AL MOMENTO DE EFECTUARSE LA ELECCIÓN (FOTOCOPIA DE REGISTRO SOCIOS) 8.- DECLARACIÓN SIMPLE QUE LOS ELECTOS (TITULARES Y SUPLENTES) NO SON DIRECTORES MUNICIPALES, ALCALDE O CONCEJALES. 9.- CERTIFICADO DE ANTECEDENTES (REGISTRO CIVIL) DE LOS DIRECTORES ELEGIDOS (TITULARES Y SUPLENTES) 10.- ACTA DE VOTACIÓN
**Los antecedentes deben ser ingresados por un integrante de la Comisión elctoral, directiva o socio al Tribunal Electoral Regional, ubicado en calle Colo Colo 245, Concepción en sobre cerrado.
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