Aporte Familiar Permanente: Pagos comienzan la segunda quincena de febrero
El ex Bono Marzo se entregará parcialmente entre el 15 de febrero y 15 de marzo y corresponde a $46.374 por familia o por carga familiar, según corresponda.
El Aporte Familiar Permanente se un beneficio para las familias de menores ingresos, que desde el 2014 en adelante se pasa todos los años a las personas que cumplen con los requisitos estipulados por la ley.
Este beneficio se paga a las personas con Subsidio Familiar que cobraran este beneficio al 31 de diciembre de 2018. Ellos reciben un Aporte por cada causante de subsidio, es decir, por cada hijo o personas por las cuales cobran. También, reciben el beneficio las familias pertenecientes a ChileSolidario o al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que era beneficiarias de esos sistemas al 31 de diciembre de 2018. Reciben un Aporte por familia.
Además, las personas con Asignación Familiar o Maternal, que cobraban esos beneficios al 31 de diciembre del año anterior, reciben un Aporte por cada carga familiar. El beneficio equivale a un monto de $46.374 por familia o carga familiar, según el caso.
Fechas de Pago
Los pagos de este beneficio se realizarán en tres grupos, gradualmente según corresponda:
Grupo 1: Desde el 15 al 28 de febrero se paga a quienes durante ese periodo reciben pagos por Subsidio Familiar, Chile Solidario o por el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), a través del IPS. El pago lo recibirán en su mismo lugar y fecha de pago habitual.
Grupo 2: Desde el 1 al 14 de marzo se paga a quienes durante ese periodo reciben pagos por Subsidio Familiar, Chile Solidario o por el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), a través del IPS. También se pagará durante todo el mes de marzo a los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) con cargas familiares. El pago lo recibirán en su mismo lugar y fecha de pago habitual.
Grupo 3: Desde el 15 de marzo se paga a quienes reciben Asignación Familiar o Maternal por sus cargas familiares, y a la vez no cobran beneficios habituales en el IPS.
Los beneficiarios pueden consultar su fecha y forma de pago desde el 15 de marzo a través de http://www.aportefamiliar.cl, ingresando su RUN y fecha de nacimiento.
A las personas de este grupo que tengan Cuenta RUT de BancoEstado, se les depositará el Aporte directamente en dicha cuenta.
Si la persona quiere renunciar al depósito en Cuenta RUT de BancoEstado, esa opción estará disponible desde el 31 de enero y hasta el 25 de febrero de 2019. Luego de esa fecha no será posible efectuar cambios en su modalidad de pago.
Para recibir este beneficio no es necesario inscribirse o postular, el Estado determina automáticamente quienes cumplen con los requisitos y lo informa mediante el sitio oficial.
Plazos de cobro y reclamo
El plazo para cobrar el Aporte es de nueve meses desde que se emitió el documento de pago. Es decir, si en http://www.aportefamiliar.cl se indica que el pago está disponible desde el 15 de febrero de 2019, el beneficiario tendrá plazo hasta el 15 de noviembre de ese mismo año para hacer efectivo el cobro. Después de esa fecha no se podrá cobrar el beneficio.
Si el plazo final de cobro del beneficio corresponde a un sábado, domingo o festivo, el día de vencimiento se adelanta al día hábil inmediatamente anterior. Por ejemplo, si su pago está disponible desde el 1 de marzo de 2019, el plazo para cobrar vence el 1 de diciembre de ese mismo año. Sin embargo, como ese día de vencimiento del beneficio es domingo, el beneficiario deberá adelantar el cobro al viernes 29 de noviembre para no perder el pago de su Aporte Familiar
Si la persona (de cualquier grupo) cree cumplir con los requisitos establecidos por ley, pero no aparece con derecho a pago del Aporte Familiar, o recibió pago por menos cargas familiares de las que le correspondían, desde el 15 de marzo puede realizar un reclamo en el sitio www.aportefamiliar.cl. Este reclamo estará a cargo de la caja de compensación o entidad administradora de sus cargas familiares. Existe un año de plazo a contar del 15 de marzo de 2019 para reclamar.
No es necesario contar con el Registro Social de Hogares (ex Ficha de Protección Social) para acceder al beneficio. Solo se deben cumplir los requisitos anteriormente mencionados.
Situaciones especiales
Si el usuario no recibe el pago del Aporte Familiar Permanente porque sus cargas familiares no están regularizadas, debe acudir a la caja de compensación o a la institución encargada de administrar sus cargas familiares, según corresponda. Si no conoce qué institución administra sus cargas familiares, puede informarse con su empleador.
En casos donde el beneficiario de Asignación Familiar no vive con sus cargas, la ley prioriza siempre a la madre que vive con sus hijos o hijas para los efectos de cobrar directamente, aun sin conocimiento ni consentimiento del beneficiario que los tenga inscritos como cargas.
Si este fuera el caso al 31 de diciembre de 2018 (y también cuando existan alimentos decretados judicialmente a favor de los causantes de Asignación Familiar que dan derecho a cobrar el Aporte), el beneficiario tendrá la obligación legal de entregar el dinero correspondiente a quien hubiere recibido el pago efectivo de las asignaciones familiares (normalmente la madre) o a quien tenga el derecho de alimentos a favor de los mismos causantes de Asignación Familiar.
El plazo máximo para cumplir con esta obligación legal será de 30 días contados desde que el beneficiario reciba el Aporte. Finalmente, en caso de haber más de una persona que pueda cobrar el Aporte Familiar Permanente por los mismos causantes (cargas), la ley también prioriza a la madre beneficiaria.
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