Obligatoriedad de los permisos de edificación y recepción definitiva
La Dirección de Obras de la Municipalidad de Laja, instruye a la comunidad referente a las obligaciones que establece la Ley General de Urbanismo y Construcción y su Ordenanza, con respecto a los Permisos de Edificación y Recepciones Definitivas.En primer lugar, es importante destacar que “toda construcción ubicada en el sector urbano o rural DEBE contar con su Permiso de Edificación y Recepción Definitiva”, cuyos alcances se indican a continuación:
Permisos de Edificación
Documento que se debe obtener antes de iniciar una edificación y al no tenerlo se infringe lo establecido en el art. 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcción.
Trámite de Permiso de Edificación
El Permiso de Edificación es el trámite que tiene por objeto autorizar toda obra de construcción, de cualquier naturaleza y cualquiera sea su destino.
Requisitos a cumplir
- Debe cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones
- Debe cumplir con el plan regulador comunal, excepto en el sector
- Debe cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
- Debe ser patrocinado por un arquitecto.
Recepción Definitiva
La Recepción Definitiva de una construcción corresponde a un certificado emitido por la Dirección de Obras Municipales, una vez que fue solicitado por el propietario con el patrocinio del arquitecto. Este el último proceso que debe cumplir una edificación , luego de esto no existen mas tramitaciones y queda en cumplimiento de la normativa, una vez aprobada esta solicitud. El no contar con la Recepción Definitiva se infringe lo establecido en el art. 144 y 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcción.
Este proceso tiene como objetivo recibir conforme las obras que fueron aprobadas mediante un Permiso de Edificación y corresponde a un certificado emitido por la Dirección de Obras Municipales, donde se habilita y aprueba el uso de una construcción para ser habitada o usada en el destino que fue solicitado en el mencionado Permiso.
Este procedimiento se aplica a toda persona natural, jurídica y/o sociedades que construyan un edificio o ampliación en la comuna.
Para realizar consultas relacionadas con estas obligaciones se solicita dirigirse al Departamento de Obras, ubicado en el segundo piso de edificio municipal en Balmaceda Nº292, en horario de 8:30 a 13:30 horas.