Juzgado de Policía Local

Los Juzgados de Policía Local son Tribunales especiales que dependen administrativamente de la Municipalidad respectiva. Los Jueces de Policía Local son independientes de toda autoridad Municipal en el desempeño de sus funciones, ya que están sujetos a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la Corte de Apelaciones; duran por consiguiente indefinidamente en sus cargos y no podrán ser removidos ni separados por la Municipalidad, según lo dispone el artículo 8 de la Ley 15.231, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.

El Secretario del Tribunal es nombrado por el Alcalde en conformidad a las disposiciones del DFL Nº338, tiene el carácter de Ministro de fe y está sujetos en el ejercicio de sus funciones a la autoridad disciplinaria inmediata del Juez, no obstante determinarse su responsabilidad administrativa por el Estatuto Administrativo, conforme lo dispone el artículo 47 de la Ley 15.231, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.

Los deberes y atribuciones del Secretario del Tribunal y demás personal subalterno se determinan en el Reglamento para la ejecución de la Ley 15.231.

TRIPTICO INFORMATIVO JUZGADO DE POLICIA LOCAL

Juez de Policía Local

Joel Gallardo Lagos  –  Abogado

Mail: jgallardo@munilaja.cl

Fono: 043 – 2524602

Secretaria JPL

Marcia Latorre Cerda

Mail: mlatorre@munilaja.cl

Fono: 043 2524616

 y 2524616;

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